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EL TSJA da la razón a IU y declara nulo el acuerdo entre Ayuntamiento y Aquagest para la creación de la empresa mixta Aguas de Lucena.

Posteado el 07 mayo, 2010 por marife

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dictado una sentencia en la que anula el acuerdo entre el Ayuntamiento de Lucena y Aquagest para la creación de la empresa mixta Aguas de Lucena constituida en 2007. Da la razón al recurso presentado por Izquierda Unida y la empresa Aguas y Gestión de Servicios Ambientales S.A. contra la gestión mixta.

La gestión del agua se concedió en 1993 cuando gobernaba el PSOE en el Ayuntamiento a la empresa Aquagest por un periodo de 20 años, es decir,  hasta 2013. Sin embargo en 2004 debido a que la gestión de la empresa era pésima y los compromisos adquiridos de aumentar el rendimiento de la red no se cumplían, los cuatro grupos políticos que conformaban la Corporación municipal emprendieron las primeras conversaciones para buscar un cambio de modelo hacia una gestión mixta con participación pública. Posteriormente, los grupos políticos decidieron dejar este debate hasta el próximo mandato corporativo, ya que no era procedente adoptar un acuerdo de este calado al final de la legislatura. Sin embargo en el pleno del 31 de octubre de 2006, el PSOE sin previo acuerdo ni consenso decidió iniciar la creación de la empresa mixta con Aquagest, a pesar de que había dos informes contrarios del secretario del Ayuntamiento y otro de la Junta Consultiva de Andalucía. Dicho acuerdo plenario apoyado en solitario por el PSOE, provocaba que el Ayuntamiento se hiciera con el 51 por ciento en la participación de la empresa mixta y Aquagest se quedará con el 49 por ciento restante. A cambio el consistorio ampliaba a 20 años más la concesión con la entidad privada que terminaba en 2013, llegando así hasta 2033.

Tras aquel acuerdo plenario para la creación de la empresa mixta Izquierda Unida presentó un recurso contra ese convenio ante al Juzgado Número 3 de lo Contencioso-administrativo de Córdoba, que fue desestimado.  En segunda instancia se recurrió junto a la empresa Aguas y Gestión de Servicios Ambientales S.A. ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que en sentencia dictada el pasado 26 de abril nos ha dado la razón.

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